top of page

Guía Técnica: Determinación del Salario Base de Cotización y Factor de Integración (Actualización 2026)

Para el contador público en México, el cálculo del Salario Base de Cotización (SBC) ha dejado de ser una tarea administrativa rutinaria para convertirse en un punto crítico de fiscalización. Con la consolidación de la reforma de "Vacaciones Dignas" y el incremento gradual en las cuotas patronales de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (CEAV), la precisión en el Factor de Integración es vital para evitar discrepancias ante el IDSE y el buzón tributario.

IIPEM SC, Determinación del Salario Base de Cotización y Factor de Integración


1. Marco Legal y Conceptos Integrables

De acuerdo con el Artículo 27 de la Ley del Seguro Social (LSS), el SBC se integra por:

  • Cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad que se entregue al trabajador por su labor.

  • Fundamento de Exclusión: Es fundamental recordar que conceptos como el ahorro (cuando se integra por una cantidad igual del trabajador y el patrón) y los instrumentos de trabajo no forman parte del SBC, siempre que se respeten los topes de previsión social.

IIPEM SC, Determinación del Salario Base de Cotización y Factor de Integración

2. El Impacto de las "Vacaciones Dignas" en el Factor de Integración

IIPEM SC, Determinación del Salario Base de Cotización y Factor de Integración

Desde la reforma que modificó el Art. 76 de la LFT, la base de días de vacaciones inicia en 12 días para el primer año. Esto elevó el factor de integración mínimo legal de 1.0452 (que se usó durante décadas) a 1.0493.



Tabla de Factores Mínimos (Prestaciones de Ley 2026):

Antigüedad

Días Vacaciones

Días Aguinaldo

Prima Vacacional

Factor de integración

1 año

12

15

25%

1.0493

2 años

14

15

25%

1.0507

3 años

16

15

25%

1.0521

4 años

18

15

25%

1.0534

5 años

20

15

25%

1.0548


3. Mecánica de Cálculo Paso a Paso

IIPEM SC, Determinación del Salario Base de Cotización y Factor de Integración

Para determinar el Salario Diario Integrado (SDI) que servirá como SBC:

  1. Obtención de la Cuota Diaria: Si el sueldo es mensual, dividir entre 30 (según el criterio del Art. 29 de la LSS y la práctica contable para el IMSS, a diferencia del divisor 30.4 usado en ISR).

  2. Determinación de Proporcionales:

    • Aguinaldo: (Días de aguinaldo ÷ 365).

    • Prima Vacacional: (Días de vacaciones × % de Prima) ÷ 365.

  3. Suma del Factor: $1 + \text{Prop. Aguinaldo} + \text{Prop. Prima Vacacional} = \text{Factor de Integración}$.

  4. Cálculo Final: $\text{Cuota Diaria} \times \text{Factor de Integración} = \text{SBC}$.


Explicación

1. La lógica de la "Suma del Factor"

Imagina que el salario del trabajador es una unidad (el número 1). El Seguro Social dice que no basta con cotizar sobre ese "1" (su sueldo diario), sino que hay que sumarle "un poquito más" cada día para que, cuando llegue el fin de año, el aguinaldo y la prima vacacional ya se hayan pagado proporcionalmente en las cuotas.

  • El "1": Representa el 100% del salario diario base.

  • Prop. Aguinaldo: Es cuánto del aguinaldo le corresponde a un solo día. Como el mínimo son 15 días, divides $15 \div 365 = 0.0410$.

  • Prop. Prima Vacacional: Es cuánto de la prima le toca a un solo día. Si tiene 12 días de vacaciones al 25%, le tocan 3 días de sueldo extra al año. Divides $3 \div 365 = 0.0082$.

El Factor de Integración (1.0493) es, en resumen, la suma de esos "pedacitos" de prestaciones que se le pegan al salario diario.

2. El "Cálculo Final"

Una vez que tienes ese número (1.0493), lo usas como un multiplicador universal para ese trabajador durante todo su año de antigüedad.

  • Cuota Diaria: Es lo que el trabajador gana estrictamente por un día de trabajo.

  • SBC (Salario Base de Cotización): Es la cifra "inflada" legalmente que le informas al IMSS.

Ejemplo Práctico:

Si un trabajador gana $300.00 pesos diarios:

$$\$300.00 \times 1.0493 = \$314.79$$

Esos $314.79 son su SBC. Sobre esa cantidad es sobre la que vas a calcular cuánto pagar de cuotas obrero-patronales, y es la base para que, si el trabajador se incapacita, el IMSS le pague sus días de subsidio.


¿Por qué es tan importante para el Contador?

  1. Evita diferencias: Si tú solo reportas los $300 (la cuota diaria), el IMSS te enviará un requerimiento (una diferencia) porque le falta el pago proporcional del aguinaldo y la prima.

  2. Automatización: Este factor se mete en el sistema (como el SUA o tu software de nómina) y te asegura que el cálculo sea constante y legal.

  3. Actualización Anual: Recuerda que cada año el trabajador cumple años en la empresa, sus días de vacaciones suben y, por lo tanto, la Prop. Prima Vacacional aumenta, lo que te obliga a calcular un nuevo Factor de Integración y dar el aviso de modificación de salario.

Si deseas profundizar en el tema te invitamos a adquirir el Taller: Casos Prácticos: Salario Mínimo 

UMA en materia Laboral y de Seguridad Social con duración de 5 horas en el siguiente link.


Casos prácticos: Salario Mínimo UMA en materia laboral y Seguridad Social 2026
MX$2,500.00MX$899.00
Agregar al carrito

4. Precisiones sobre la UMA y Topes Fiscales (2026)


IIPEM SC. Determinación del Salario Base de Cotización y Factor de Integración

Un error común es confundir el Salario Mínimo con la UMA para los topes de exención.

  • Exención de Prima Vacacional: Conforme al Art. 93 fracc. XIV de la LISR, la prima vacacional está exenta hasta 15 veces el valor de la UMA vigente, no del salario mínimo.

  • Tope Máximo de Cotización: El SBC tiene un límite superior de 25 veces la UMA (Art. 28 LSS).



5. Consideración Especial: Cuotas Patronales 2026

Es imperativo que el contador considere que para 2026, la tasa de la cuota patronal en el ramo de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez continúa en su esquema de incremento gradual, dependiendo del rango de SBC del trabajador (desde el 3.150% hasta alcanzar el tope previsto en la reforma de 2020).


6.- Guía de Cumplimiento y Mejores Prácticas

Para asegurar que este cálculo se traduzca en una gestión exitosa, el contador debe considerar:

  • Actualización de Sistemas: Valide que sus sistemas de nómina tengan configurados los parámetros de "Vacaciones Dignas" (12 días mínimo) para que el factor 1.0493 se asigne automáticamente a nuevos ingresos.

  • Vigilancia de la UMA: Verifique siempre el valor de la UMA vigente al momento del cálculo, ya que impacta directamente en los topes de cotización.

  • Avisos ante el IDSE: El factor de integración es dinámico. Cada vez que un trabajador cumple un aniversario laboral, su número de días de vacaciones aumenta y, por ende, su factor de integración. Es obligatorio presentar el aviso de Modificación de Salario ante el IMSS dentro de los plazos legales para evitar multas.


IIPEM SC, Determinación del Salario Base de Cotización y Factor de Integración

Recuerda que puedes consultar éste y más temas de interés en nuestra página de internet.



La capacitación continua es tu mejor herramienta para un futuro exitoso, además es importante que cumplas con la Norma de Desarrollo Profesional Continuo (NDPC) del Colegio de Contadores Públicos de México, A.C. (CCPM) en IIPEM SC te ayudamos a cumplir tus metas y obligaciones. Visita nuestra página para mayor información de nuestras pólizas y membresías disponibles para ti.


IIPEM SC, capacitadora fiscal contable

Conclusión:


La correcta determinación del SBC no solo garantiza el derecho de seguridad social del trabajador (incapacidades y pensiones), sino que protege el patrimonio de la empresa ante capitales constitutivos y multas. En 2026, la automatización del cálculo basada en estos factores actualizados es la mejor herramienta de cumplimiento para el Contador Público.

Fuentes corroboradas: Ley del Seguro Social (Art. 27, 28, 30), Ley Federal del Trabajo (Art. 76, 80), Ley del ISR (Art. 93) y Tabuladores Oficiales de Salarios Mínimos y UMA 2026.

 
 
 

Contacto:

  • Facebook
  • YouTube
  • Instagram
  • TikTok

Llamadas o WhatsApp: 55 4953 8760 
Email: capacitacionfiscalcontable@iipemsc.com

Depósitos o transferencias a nombre de:

Instituto para la Integración de Profesionistas y Empresarios de México

Cuenta: 00100361927 / Clabe: 044 1800 0100 3619 276

AVISO DE PRIVACIDAD 

Esta comunicación es confidencial dirigida exclusivamente a su destinatario. Todo receptor del presente mensaje queda debidamente notificado que la divulgación, modificación, reproducción o uso de la información aquí contenida, queda terminantemente prohibida por cualquier otra persona que no sea su destinatario. 

Asimismo, en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Federal de Protección a los Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDP), nos permitimos comentar que los datos personales que proporcionen, serán utilizados para cumplir con las obligaciones derivadas de la relación que con usted pudiera crearse, así como informarle sobre productos, servicios y/o promociones propuestas por el Instituto para la Integración de Profesionistas y Empresarios de México, S.C., por lo que serán protegidos y confidenciales.

Cualquier información relacionada con el presente aviso de confidencialidad, favor de comunicarse al Instituto para la Integración de Profesionistas y Empresarios de México, S.C., al número de WhatsApp 56 1766 3135 , en la Ciudad de México, o acudir al domicilio ubicado en Armada de México 1456, Coapa, Cafetales I, Coyoacán, 04918 Ciudad de México, CDMX

bottom of page