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Perspectivas Contables y Legales: La Implementación de la "Ley Silla" en México

Actualizado: 21 ene

Introducción: El Nuevo Paradigma de la Salud Laboral

En los últimos años, México ha experimentado una transformación profunda en su marco normativo laboral y de seguridad social. Desde la reforma al sistema de pensiones hasta la regulación de servicios especializados (REPSE), la autoridad ha priorizado el bienestar del trabajador. En este contexto surge la denominada "Ley Silla", una reforma que, más allá de ser un requisito administrativo, se fundamenta en un principio de salud ocupacional y dignidad humana.

IIPEM SC, sistema de pensiones hasta la regulación de servicios especializados (REPSE) y la ley silla.


1. Alcance y Sujetos Obligados


La reforma no es exclusiva de un sector, pero impacta con mayor rigor a industrias donde la naturaleza del trabajo exige permanecer de pie de forma prolongada. Entre los sectores prioritarios se encuentran:

IIPEM SC, Comercio y Servicios: Tiendas departamentales, farmacias y centros comerciales.

  • Comercio y Servicios: Tiendas departamentales, farmacias y centros comerciales.

IIPEM SC, Hostelería y Alimentos: Hoteles y cadenas de restaurantes.

  • Hostelería y Alimentos: Hoteles y cadenas de restaurantes.

IIPEM SC, Seguridad y Limpieza: Personal de vigilancia y mantenimiento.

  • Seguridad y Limpieza: Personal de vigilancia y mantenimiento.

IIPEM SC,       Centros Industriales: Donde el análisis de puesto permita periodos de descanso.

  • Centros Industriales: Donde el análisis de puesto permita periodos de descanso.


2. Obligaciones Clave para el Empleador

Para el contador público que actúa como asesor o encargado de cumplimiento, es vital supervisar que las empresas implementen las siguientes medidas:

IIPEM SC, Provisión de Mobiliario, Prohibición Expresa, Derecho al Descanso Periódico


  • Provisión de Mobiliario: Suministrar un número suficiente de asientos o sillas con respaldo para los trabajadores.

  • Prohibición Expresa: Queda estrictamente prohibido obligar a los colaboradores a permanecer de pie durante la totalidad de su jornada laboral.

  • Derecho al Descanso Periódico: Establecer pausas dentro de la jornada para que el personal pueda reposar en los asientos provistos.




3. Impacto en el Control Interno y Documentación

La implementación de esta ley requiere un enfoque interdisciplinario que el contador debe coordinar:

  • Reglamento Interior de Trabajo (RIT): Es imperativo actualizar el RIT para incluir las nuevas disposiciones sobre tiempos de descanso y uso de áreas de asiento.

  • Diagnóstico de Riesgo por Puesto: Evaluar qué actividades pueden realizarse sentados y cuáles requieren pausas obligatorias debido a la "bipedestación" (estar de pie) estática o prolongada.

  • Comisión de Seguridad e Higiene: Utilizar este organismo para documentar las acciones de cumplimiento y las adecuaciones físicas en el centro de trabajo.

IIPEM SC, Impacto en el Control Interno y Documentación

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4. Riesgos de Incumplimiento de la Ley Silla

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), a través de su unidad de condiciones laborales, integrará la verificación de estas obligaciones en sus inspecciones. El incumplimiento no solo conlleva riesgos de multas administrativas, sino que también puede derivar en un aumento de riesgos de trabajo y enfermedades profesionales relacionadas con trastornos de salud por bipedestación prolongada.


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Verificación Legal y Normativa en México

Para asegurar que la estrategia de cumplimiento sea sólida, el contador debe validar que sus acciones estén alineadas con:

  1. Ley Federal del Trabajo (LFT): Artículos reformados relativos a las obligaciones de los patrones de proveer asientos suficientes (especialmente los cambios derivados de la iniciativa aprobada en el Senado y Cámara de Diputados).

  2. Normas Oficiales Mexicanas (NOM): Particularmente la NOM-035-STPS (Factores de riesgo psicosocial) y la NOM-036-STPS (Factores de riesgo ergonómico), que complementan la visión de salud ocupacional de la "Ley Silla".

  3. Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo: Que establece los estándares mínimos de bienestar en los centros de labor.


Conclusión para la Práctica Profesional: El contador debe dejar de ver esta reforma como un gasto en mobiliario y posicionarla como una estrategia de mitigación de riesgos legales y mejora de la productividad mediante la salud laboral.

 
 
 

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